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Implementación de la LEY SILLA.



Disposiciones sobre los Factores de Riesgos de Trabajo para garantizar el derecho al descanso durante la jornada laboral de las personas trabajadoras en Bipedestación.

1.- Proveer del número suficientes y tipo de asientos o sillas con respaldo adecuado.

2.- Implementación de diversas disposiciones si en la empresa se realizan tareas o actividades en Bipedestación durante la jornada laboral.

3.- Análisis de los Factores de Riesgo en función del tiempo que permanecen los trabajadores en Bipedestación.

4.- Riesgos de trabajo detectados para las tareas o actividades que impliquen Bipedestación.

5.-
Registro de los Riesgos de Trabajo.

6.- Determinación del Nivel de Riesgo para las Actividades que impliquen Bipedestación.

7.- Determinación del Tipo de Asiento o silla con respaldo más adecuado.

8.- Medidas preventivas a implementarse en las empresas cuyas Actividades impliquen Bipedestación.

9.- Señalización de las áreas donde se ubiquen asientos o sillas para disminuir los Riesgos por Bipedestación.

 

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