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1.- Estudio para la clasificaci贸n del riesgo del incendio del centro de trabajo o por 谩reas que lo integran, tales como plantas, edificios o niveles,
de conformidad con lo establecido en el Ap茅ndice A de la Norma.
2.- Acta y la minuta correspondientes a la verificaci贸n satisfactoria del cumplimiento de la presente Norma, que emita la Secretar铆a del Trabajo y Previsi贸n Social,
en el marco de las evaluaciones integrales del programa de Autogesti贸n en Seguridad y Salud en el Trabajo, trat谩ndose de centros de trabajo con riesgo de incendio alto.
3.- Programa de revisi贸n a los medios de detecci贸n y equipos contra incendio, al igual que los sistemas fijos de protecci贸n y alarmas de incendios.
4.- Programa anual de revisi贸n a las instalaciones el茅ctricas de las 谩reas del centro de trabajo, con 茅nfasis en aquellas clasificadas como de riesgo de incendio alto,
a fin de Identificar y corregir condiciones inseguras que puedan existir.
5.- Programa anual de revisi贸n a las instalaciones de gas licuado de petr贸leo y/o natural, a fin de Identificar y corregir condiciones inseguras que puedan existir.
6.- Programa anual te贸rico pr谩ctico, en materia de prevenci贸n de incendios y atenci贸n de emergencias, para
capacitar a los trabajadores y a los integrantes de las brigadas contra incendio.
7.- Planeaci贸n de los simulacros de emergencias de incendio.
8.- Croquis, plano o mapa general del centro de trabajo, o por 谩reas que lo integran, colocado en los principales lugares de entrada,
tr谩nsito, reuni贸n o puntos comunes de estancia o servicios para los trabajadores.
9.- Instrucciones de seguridad para la prevenci贸n y protecci贸n de incendios aplicables en cada 谩rea del centro de trabajo al alcance de los
trabajadores y supervisi贸n de cumplimiento.
10.- Plan de atenci贸n de emergencias de incendio, conforme al cap铆tulo 8 de la Norma.
11.- Registro que acredite que se desarrollan simulacros de emergencias de incendio al menos una vez al a帽o, en el caso de centros de trabajo clasificados
con riesgo de incendio ordinario, y al menos dos veces al a帽o para aquellos con riesgo de incendio alto, conforme al cap铆tulo 10 de la Norma.
12.- Documento que acredite que cuenta con brigadas contra incendios en los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio alto, en los t茅rminos del cap铆tulo 9 de la Norma.
13.- Documento que acredita que se difunden entre los trabajadores, contratistas y visitantes, seg煤n corresponda las instrucciones de seguridad para la
prevenci贸n de incendios aplicables en cada 谩rea del centro de trabajo.
14.- Documento que acredite que se capacit贸 a los trabajadores y a los integrantes de las brigadas contra incendio, con base en el programa de capacitaci贸n anual
te贸rico-pr谩ctico, en materia de prevenci贸n de incendios y atenci贸n de emergencias, conforme a lo previsto en el cap铆tulo 11.
15.- Documento que acredite que se otorga capacitaci贸n sobre el manejo seguro de materiales inflamables o explosivos, en casos de emergencias.
16.- Registro de los resultados de la revisi贸n mensual a los extintores.
17.-Registros de resultados de los programas anuales de revisi贸n y pruebas de equipos contra incendio.
18.- Registros de resultados de los programas anuales de revisi贸n a las instalaciones de gas licuado de petr贸leo y/o natural.
19.- Registros de resultados de los simulacros de emergencias de incendio.
NOTA.- No olvides que el art铆culo 994, fracci贸n V de la Ley Federal del Trabajo faculta a la Secretar铆a del Trabajo y Previsi贸n Social a imponer
multas que van de las 250, como sanci贸n m铆nima y un m谩ximo de hasta 5,000 UMAS por cada violaci贸n a la NOM-002-STPS-2010. Durante una visita
+ de Inspecci贸n Extraordinaria de Seguridad e Higiene, o de Comprobaci贸n de Medidas.
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