Cinco Preguntas Frecuentes sobre la NOM-004-STPS-1999
1. ¿Qué debe considerarse como maquinaria o equipos según la NOM-004-STPS-1999?
Es el conjunto de mecanismos individuales y elementos combinados que reciben una forma de energía, y la transforma en otra para ejecutar una tarea productiva.
2. ¿La NOM-004-STPS-1999, es aplicable a mi centro de trabajo?
La presente Norma aplica en todo México y aplica en todos los centros de trabajo que cuenten con maquinaria y equipos instalados.
3. ¿Cuál es la multa por el incumplimiento a la NOM-004-STPS-1999?
El artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo sanciona a cualquier empresa que incumpla con la implementación de la Normatividad en seguridad e higiene, el monto mínimo es de 250 UMAS, y el máximo es de 5,000. La autoridad tiene facultad para aplicar la que considere mas acorde a la gravedad e intencionalidad de la empresa infractora.
4. ¿Con qué frecuencia se debe actualizar los estudios e impartir la capacitación?
Se recomienda capacitar al menos una vez al año, o cuando personal nuevo sea asignado para operar cierta maquinaria, la Norma no lo prevee, pero los estudios deben actualizarse cada vez que sea modificada la operación de la maquinaria o una actualización al menos una vez al año.
5. ¿Qué estudios, documentos o programas exige la Secretaría del Trabajo para laborar de manera segura con la maquinaria?
La STPS requiere el estudio para analizar el riesgo potencial generado por la maquinaria, capacitar a los trabajadores para la operación segura de la maquinaria y equipos, acondicionar la maquinaria para disminuir el nivel de riesgo intrínseco, entrega de equipo de protección personal e implementar medidas de seguridad industrial. La lista completa de todos los documentos, estudios, manuales, programas y capacitación a que obliga esta NOM, se detallan a continuación. Estos deben ser presentados durante las visitas de inspección o en el procedimiento administrativo sancionador.