Documentos
que elaboramos en relación con la NOM-011-STPS-2001
CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO DONDE SE
GENERE RUIDO.
1.-
Programa de conservación de la audición aplicado en áreas del centro
de trabajo, donde se encuentren trabajadores expuestos a niveles de
85 dB(A) y mayores.
2.- Reconocimiento del ruido en todas las áreas del centro de trabajo
donde haya trabajadores expuestos a niveles sonoros iguales o superiores
a 80 dB(A), incluyendo sus características y componentes de frecuencia.
3.- Evaluación del ruido en todas las áreas del centro de trabajo
donde haya trabajadores expuestos a niveles sonoros iguales o superiores
a 80 dB(A), incluyendo sus características y componentes de frecuencia.
4.- Que se informe a cada trabajador sobre los resultados de la vigilancia
a su salud.
5.- Que se informe y oriente a los trabajadores y a la Comisión de
Seguridad e Higiene sobre las posibles alteraciones a la salud por
la exposición a ruido, y sobre la forma de evitarlas o atenuarlas.
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