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NOM-019-STPS-2011: CONSTITUCION, INTEGRACION, ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE.

Cinco Preguntas más Frecuentes sobre la NOM-019-STPS-2011

1. ¿Cuál es el monto de las multas por el incumplimiento a la NOM-019-STPS-2011?

El artículo 994, fracción V de la Ley Federal del Trabajo sanciona a cualquier empresa que incumpla con la implementación de la Normatividad en seguridad e higiene, el monto mínimo es de 250 UMAS, y el máximo es de 5,000. La autoridad tiene facultad para aplicar la que considere mas acorde a la gravedad e intencionalidad de la empresa infractora.

2. ¿Con qué frecuencia debe capacitarse a los trabajadores para realizar una adecuada revisión de las instalaciones durante los recorridos mensuales, en todos los temas de seguridad aplicables?

Se recomienda capacitar al menos una vez al año, o cuando se incorpore un nuevo integrante o reemplazo, sin importar que tenga experiencia o que ya haya sido capacitado.

3. ¿La NOM-019-STPS-2011, aplica en mi empresa?

La presente Norma aplica en todo México y aplica en todos los centros de trabajo donde existan trabajadores e instalaciones.

4. ¿Qué se debe revisar durante un recorrido de verificación de la comisión de seguridad e higiene, según la NOM-019-STPS-2011?

Se deben revisar todas las desviaciones detectadas en relación con las Instalaciones, Maquinaria, Sustancias Químicas, Incendios, Equipo de Protección Personal, Recipientes Sujetos a Presión, Señalización, Iluminación, Electricidad Estática, Instalaciones Eléctricas, Soldadura y Corte, Riesgos Psicosociales, Riesgos Ergonómicos, Servicios Preventivos de Seguridad y Salud. Toda desviación se anotará, dará seguimiento y terminará de regularizar.

5. ¿Qué documentos debe presentar una empresa para cumplir con la NOM-019-STPS-2011, y evitar multas de STPS durante las inspecciones?

La lista completa de todos los documentos, estudios, manuales, programas y capacitación a que obliga esta NOM, se detallan a continuación. Y debe ser presentada durante una visita de inspección extraordinaria o de comprobación de medidas de seguridad e higiene. O en cualquier etapa del Procedimiento Administrativo Sancionador.

Documentos que elaboramos en relación con la NOM-019-STPS-2011 CONSTITUCION, INTEGRACION, ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE

1.- Documento que acredite que se encuentra constituida e integrada al menos una comisión de seguridad e higiene en su centro de trabajo.


2.- Acta de constitución de la comisión del centro de trabajo, y de sus actualizaciones, cuando se modifique su integración.

Acta de constitución de la comisión de seguridad e higiene


3.- Programa de los recorridos de verificación de la Comisión de Seguridad e Higiene.

Programa anual de verificaciones de la comisión de seguridad e higiene Enero a Diciembre 2027


4.- Documento que acredite que cuenta con un coordinador responsable de llevar a cabo las funciones que establece la norma.

En el muro de la oficina se encuentran las obligaciones del Coordinador de seguridad e higiene


5.- Documento que acredite que cuenta con un secretario responsable de llevar a cabo las funciones que establece la norma.

En el muro de la oficina se encuentran las obligaciones del Secretario de seguridad e higiene


6.- Actas de los recorridos de verificación realizados por la comisión del centro de trabajo.

Integrantes de la comisión realizan un recorrido para detectar las deficiencias en seguridad e higiene


7.- Documento que acredite que se capacita, al menos una vez al año, a los integrantes de la Comisión de Seguridad e Higiene para el adecuado ejercicio de sus funciones, con base en el programa que para tal efecto se elabore.

Integrante de la comisión de seguridad e higiene, exhibiendo su constancia de habilidades laborales


8.- Documento que acredite que se proporciona un curso de inducción cuando se incorpora a un nuevo integrante o integrantes a la comisión.

Invitación al montacarguista para formar parte de la comisión de seguridad e higiene, y tomar el curso de inducción


NOTA.- No olvides que el artículo 994, fracción V de la Ley Federal del Trabajo faculta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a imponer multas que van de las 250 UMAS, como sanción mínima y un máximo de hasta 5,000 UMAS por cada violación a la NOM-019-STPS-2011 . Durante una visita de Inspección Extraordinaria de Seguridad e Higiene, o de Comprobación de Medidas.

Empresario realizando pago de multas impuestas por los inspectores de Secretaría del Trabajo y Previsión Social

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