Cinco Preguntas Frecuentes sobre la NOM-024-STPS-2001:
VIBRACIONES-CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO.
1. ¿Cuál es el monto de las multas por el incumplimiento a la NOM-024-STPS-2001?
El artículo 994, fracción V de la Ley Federal del Trabajo sanciona a cualquier empresa que incumpla con la implementación de la Normatividad en seguridad e higiene, el monto mínimo es de 250 UMAS, y el máximo es de 5,000. La autoridad tiene facultad para aplicar la que considere mas acorde a la gravedad e intencionalidad de la empresa infractora.
2. ¿Cuales son los temas principales en que debe capacitarse a los trabajadores en relación a las vibraciones?
Se recomienda capacitar al menos una vez al año, en vigilancia a la salud de la población ocupacionalmente expuesta a las vibraciones.
3. ¿La NOM-024-STPS-2001, aplica en mi empresa?
La presente Norma aplica en todo México, siempre que la maquinaria o equipos generen vibraciones y exista personal expuesto a este agente físico durante la mayor parte de su jornada de trabajo.
4. ¿Qué son las vibraciones?
Las vibraciones son movimientos periódicos u oscilatorios de un cuerpo rígido o elástico desde una posición de equilibrio. Pudiendo ser de dos tipos, en cuerpo entero o en extremidades superiores.
5. ¿Qué documentos debe presentar una empresa para cumplir con la NOM-024-STPS-2001, y evitar multas de STPS durante las inspecciones?
La lista completa de todos los documentos, estudios, manuales, programas y capacitación a que obliga esta NOM, se detallan a continuación. Y debe ser presentada durante una visita de inspección extraordinaria o de comprobación de medidas de seguridad e higiene. O en cualquier etapa del Procedimiento Administrativo Sancionador.