Cinco Preguntas Frecuentes sobre la NOM-030-STPS-2009
1. ¿Cuál es el monto de las multas por el incumplimiento a la NOM-030-STPS-2009, en 2026?
El artículo 994, fracción V de la Ley Federal del Trabajo sanciona a cualquier empresa que incumpla con la implementación de la Normatividad en seguridad e higiene, el monto mínimo es de $29,327.50, y el máximo es de $586,550.00, actualizado a Agosto de 2026. La autoridad tiene facultad para aplicar la que considere mas acorde a la gravedad e intencionalidad de la empresa infractora.
2. ¿Con qué frecuencia debe capacitarse al responsable de seguridad y salud en el trabajo interno?
Se recomienda capacitar al menos una vez al año, en todos los temas que le sean aplicables a la empresa o al centro de trabajo.
3. ¿La NOM-030-STPS-2009, aplica en mi empresa?
La presente Norma rige en todo México y aplica en todos los centros de trabajo.
4. ¿Qué es un diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo?
Es la identificación de los requerimientos normativos en materia de seguridad y salud en el trabajo; así como la detección de condiciones físicas peligrosas o inseguras; de los agentes capaces de modificar las condiciones del medio ambiente laboral; así como los peligros circundantes al centro de trabajo.
5. ¿Qué documentos debe presentar una empresa para cumplir con la NOM-030-STPS-2009, y evitar multas de STPS durante las inspecciones?
La lista completa de todos los documentos, estudios, manuales, programas y capacitación a que obliga esta NOM, se detallan a continuación. Y debe ser presentada durante una visita de inspección extraordinaria o de comprobación de medidas de seguridad e higiene. O en cualquier etapa del Procedimiento Administrativo Sancionador.