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NOM-034-STPS-2016: CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA EL ACCESO Y DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

Cinco Preguntas Frecuentes sobre la NOM-034-STPS-2016

1. ¿Cuál es el monto de las multas por el incumplimiento a la NOM-034-STPS-2016, en 2026?

El artículo 994, fracción V de la Ley Federal del Trabajo sanciona a cualquier empresa que incumpla con la implementación de la Normatividad en seguridad e higiene, el monto mínimo es de $29,327.50, y el máximo es de $586,550.00, actualizado a Agosto de 2026. La autoridad tiene facultad para aplicar la que considere mas acorde a la gravedad e intencionalidad de la empresa infractora.

2. ¿Con qué frecuencia debe capacitarse al responsable de seguridad y salud en el trabajo interno?

Se recomienda capacitar al menos una vez al año, en todos los temas que le sean aplicables a la empresa o al centro de trabajo.

3. ¿La NOM-034-STPS-2016, aplica en mi empresa?

La presente Norma rige en todo México y aplica en todos los centros de trabajo donde laboren trabajadores con discapacidad.

4. ¿Qué son los trabajadores con discapacidad en México?

Son aquéllos que, por razón congénita o adquirida, presentan una o más deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal.

5. ¿Qué documentos debe presentar una empresa para cumplir con la NOM-034-STPS-2016, y evitar multas de STPS durante las inspecciones?

La lista completa de todos los documentos, estudios, manuales, programas y capacitación a que obliga esta NOM, se detallan a continuación. Y debe ser presentada durante una visita de inspección extraordinaria o de comprobación de medidas de seguridad e higiene. O en cualquier etapa del Procedimiento Administrativo Sancionador.

Documentos que elaboramos en relación con la NOM-034-STPS-2016 CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA EL ACCESO Y DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD EN LOS CENTROS DE TRABAJO

1.- Análisis para determinar la compatibilidad del puesto de trabajo con la discapacidad que presenta el trabajador.

Revisión de la discapacidad de un trabajador para acondicionar las instalaciones a sus necesidades


2.- Acciones preventivas y correctivas que se deben instrumentar en el centro de trabajo.

Implementación de una rampa para dar acceso al personal en silla de ruedas


3.- Programa de seguridad y salud en el trabajo a que se refiere la Norma Oficial Mexicana NOM-034-STPS-2016, para prevenir riesgos a los trabajadores con discapacidad, considerando, además, para cada puesto y lugar de trabajo.

Asignación de tareas a un trabajador sin una pierna


4.- Plan de atención a emergencias.

Plan para atender emergencias, considerando las diferentes discapacidades de los trabajadores que laboran en la empresa


5.- Capacitación para los trabajadores con discapacidad para su desarrollo en el puesto de trabajo y actuación en caso de emergencia.

Capacitación en relación al lenguaje braille y de señas para toda la población de la empresa


NOTA.- No olvides que el artículo 994, fracción V de la Ley Federal del Trabajo faculta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a imponer multas que van de las 250 UMAS, como sanción mínima y un máximo de hasta 5,000 UMAS por cada violación a la NOM-034-STPS-2016. Durante una visita de Inspección Extraordinaria de Seguridad e Higiene, o de Comprobación de Medidas.

Empresario realizando pago de multas impuestas por los inspectores de Secretaría del Trabajo y Previsión Social

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