1.-
Listado actualizado de las personas trabajadoras bajo la modalidad
de teletrabajo.
2.- Programas donde se establezcay documente la manera de proporcionar
mantenimiento en condiciones de seguridada los equipos, para el manejo
de las TIC proporcionados las personas trabajdoras bajo la modalidad
de teletrabajo para realizar sus actividades.
3.-
Política de teletrabajo por escrito, implantada, que se mantenga
y difunda entre las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo,
que cumpla con las disposiciones del contrato colectivo de trabajo
o del Reglamento Interior de Trabajo, según aplique, en cumplimiento
a lo establecido en los artículos 330-C, 330-D, 330-E de la
Ley Federal del Trabajo.
4.-
Proceso de implementación del Teletrabajo que se encuentre
establecido y documentado el cambio de la modalidad presencial a Teletrabajo
y viceversa, conforme a lo establecido por esta Norma.
5.-
Mecanismos para la reversibilidad de la modalidad de Teletrabajo a
presencial, conforme lo establece el artículo 330-G de la Ley
Federal del Trabajo.
6.- Mecanismos
de atención para casos de violencia familiar que consideren,
entre otras cosas, el retorno a la modalidad presencial de manera
temporal o permanente.
7.- Acreditar que se dispone de un área de trabajo que cuente
con condiciones de seguridad y salud en el trabajo, para evitar riesgo
de trabajo provocados por agentes físicos, conforme lo establecido
en la presente Norma.
8.- Poner a disposición de un lugar de trabajo que le permita
a la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo, evitar
riesgos de trabajo provocados por riesgo psicosicial.
9.-
Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud
en el Teletrabajo, a fin de que se cumplan con las condiciones de
seguridad y salud en el trabajo a que se regiere el capítulo
7 de la presente Norma, así como cumplir con las medidas de
seguridad e higiene en el lugar de trabajo que hayan sido establecidas
por la comisión de seguridad e higiene y que hayan considerado
en la lista de verificación.
10.-
Documento que acredite que se otorgan las facilidades para que la
comisión de seguridad e higiene realice la validación
de la lista de verificación de las condiciones de seguridad
y salud en el Teletrabajo (incluidas las evidencias fotográficas
o de video), y la evaluación de los posibles riesgos, conforme
al numeral 5.4 de la presente Norma.
11.-
Documento que acredite que la comisión de seguridad e higiene
solicita al trabajador aspirante o a la persona trabajadora bajo la
modalidad de Teletrabajo, según corresponda, evidencias mediante
el uso de las TIC o evidencias fotográficas o video del lugar
de trabajo para corroborar la información de la lista de verificación
de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo.
12.-
Acreditar que se aplica periódicamente lista de verificación
de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo para constatar
la continuidad de las condiciones en las que realiza las actividades
la presona trabajadora en la modalidad de Teletrabajo.
13.-
Documento que acredite que se proporciona a las personas trabajadoras
bajo la modalidad de Teletrabajo un listado del equipo proporcionado
para resguardo a fin de desarrollar sus actividades fuera del centro
de trabajo, de conformidad con lo establecido en el numeral 5.7 de
la presente Norma.
14.-
Documento que acredite que se da seguimiento a los Avisos de Accidentes
de trabajo que, en su caso, reporten las personas trabajadoras bajo
la modalidad de Teletrabajo o sus familiares, cuando aquellas hayan
sufrido un accidente en el lugar de trabajo con motivo o en ejercicio
de sus actividades de Teletrabajo, siempre observando los protocolos
establecidos por las instituciones de seguridad social.
15.-
Acreditar que el patrón proporciona el apoyo y facilidades
para que, en su caso, las personas trabajadoras bajo la modalidad
de Teletrabajo participen en la Comisión de Seguridad e Higiene
o en la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento
y Productividad.
16.-
Acreditar que se practican exámenes médicos que corresponda
a las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo de conformidad
con lo previsto por la NOM-030-STPS-2009.
17.-
Documento que acredite que se informa a las personas trabajadoras
bajo la modalidad de Teletrabajo y a la Comisión de Seguridad
e Higiene del centro de trabajo sobre los riesgos relacionados con
el Teletrabajo y de la posible exposición de las personas trabajadoras
bajo la modalidad de Teletrabajo a agentes y a factores de Riesgo
Ergonómico y Psicosocial.
18.-
Documento que acredite que se proporciona capacitación al menos
una vez al año a los trabajadores bajo la modalidad de Teletrabajo,
sobre las condiciones de seguridad y salud que deben tener y mantener
en su lugar de trabajo.